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  DELOITTE INFORMA A RESTAURANTEROS DE LOS EFECTOS DE LA REFORMA FISCAL


A continuación se presentan las posibles consecuencias derivadas de la entrada en vigor del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Es importante señalar que dependiendo de las características de cada empresa el IETU pudiera tener un efecto desde nulo hasta sumamente negativo, por lo que es importante no generalizar sino señalar posibles afectaciones en sectores particulares de la industria.
Este documento sólo se incluyen los temas más importantes.


DEDUCCIÓN DE INVERSIONES
Concepto: El IETU permite la deducción del 50% de las inversiones efectuadas de 1998 a 2007, excluyendo terrenos, mediante el otorgamiento de un crédito anual de 5%.
Además permite la deducción al 100% en 3 ejercicios de las inversiones nuevas efectuadas de septiembre a diciembre de 2007.
Por otro lado, el IETU no prevé la amortización de pérdidas en ISR contre el IETU.
Posible afectación: Los pequeños propietarios de restaurantes pudieran verse afectados ya que no tienen la capacidad de invertir permanentemente en nuevos restaurantes (ya sea en terrenos o edificios). Además, los restaurantes que desafortunadamente han incurrido en pérdidas fiscales legítimas en el ISR, no podrán utilizarlas.


NO DEDUCIBILIDAD DE SALARIOS
Concepto: El IETU no permite la deducibilidad de la nómina y a cambio otorga un crédito fiscal equivalente a la tasa del impuesto multiplicada por los gastos de nómina gravados, así como la carga social.
Posible afectación: El costo de nómina se incrementará ya que el propietario del restaurante tendrá que absorber indirectamente el impuesto atribuible a las prestaciones de previsión social exentas. Esto podría implicar posibles despidos o la necesidad de renegociar los salarios a la baja.


NO ACREDITAMIENTO DEL IETU EN EL EXTRANJERO
Concepto: Aún cuando las autoridades fiscales han señalado que el IETU es acreditable en el extranjero, existen serias dudas de que así sea.

Posible afectación: De confirmarse que el IETU no es acreditable en el extranjero por no considerarse un Impuesto sobre la Renta, los inversionistas extranjeros pudieran verse afectados y por lo tanto reconsiderar algunas inversiones en el país.


MECÁNICA DE CÁLCULO DEL IETU
Concepto: La mecánica de cálculo lleva a los contribuyentes a perder los créditos fiscales por inversiones y nómina cuando estos exceden el IETU del ejercicio.

Posible afectación: Esta mecánica equivale a hacer no deducibles las inversiones anteriores a 2008 (el 50% antes mencionado), así como la nómina, sin justificación alguna.


¿ES EL IETU UN IMPUESTO COMPLEMENTARIO AL ISR?
Es importante señalar que el IETU no es un impuesto complementario al ISR ya que si el primero es mayor no puede recuperarse en el futuro.


El IETU es un impuesto recaudatorio y puede tener, dependiendo de cada caso, afectaciones importantes en el empleo y la inversión.
 
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